jueves, 2 de febrero de 2017

Tablas Salariales de Construccion Civil 2016-2017


Estos jornales tienen vigencia desde 01 de Junio de 2016 hasta el 31 de Mayo
 de 2017.
Jornal Básico:
Es el sueldo que recibe el trabajador por laborar durante la semana, este monto se calcula multiplicando el jornal diario por los días laborados.
Descanso Semana Obligatorio:
Más conocido como dominical, es el pago por el día del descanso del trabajador (normalmente los días domingos). Este pago esta relacionado a los días trabajados durante la semana. Si un trabajador no labora un día de la semana, el dominical se vera reducido en 1/6 del jornal diario.
BUC:
Bonificación Unificada de Construcción, esta bonificación se calcula aplicando un tasa de 32% al jornal diario. El BUC se paga por día laborado y no se considera para el cálculo de beneficios laborales.
Bonificación por Movilidad:
Este concepto se paga facilitar el traslado del trabajador al lugar de la obra. Se paga a razón de 6 pasajes urbanos por cada día laborado. El pasaje urbano en lima es S/. 1.20.
Indemnización:
Este concepto es una suma de dos beneficios (CTS + Sustitución de Utilidades). Se calcula aplicando una tasa del 15% al jornal básico (monto ganado por días laborados).
Vacaciones:
Este concepto de calcula aplicando la tasa del 10% al jornal básico (monto ganado por días laborados).
Gratificación:
Este beneficio se calcula en base a 40 jornales diarios. Se pagara dependiendo el mes de calculo. Por ejemplo para los meses: Enero – Julio se divide entre 7 Agosto – Diciembre se divide entre 5
Bonificación Extraordinaria:
Se calcula en base a la gratificación recibida, a razón del 9% para los trabajadores que aportan al Essalud y 6.75% para los trabajadores que están afiliados a una EPS.
Descuento de ONP:
Se aplica la tasa del 13% a los montos obtenidos: Jornal Básico, Descanso Obligatorio, BUC y Vacaciones.
En el caso de trabajadores afiliados a una AFP tendrán que realizar un aporte adicional del 1% bajo el concepto de Jubilación Anticipada.
Conafovicer:
Se aplica la tasa de 2% a los montos obtenido: Jornal Básico y Descanso Obligatorio

No hay comentarios:

Publicar un comentario